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¿Cuánto cobra una inmobiliaria en Córdoba por vender un piso? Comisión, IVA y qué revisar antes de firmar

Por Vivienda en CórdobaPublicado el 7 min de lectura

Firma de un contrato de encargo con una inmobiliaria, imagen sobre cuánto cobra una inmobiliaria en Córdoba
Índice de contenidos 14 apartados
  1. ¿Qué porcentaje cobra una inmobiliaria por vender un piso?
  2. ¿Cuánto supone en euros? Ejemplos con precios de Córdoba
  3. ¿Quién paga la comisión de la inmobiliaria?
  4. ¿Qué debo revisar en la nota de encargo antes de firmar?
  5. ¿La comisión de la inmobiliaria desgrava en la renta?
  6. ¿Me compensa vender con inmobiliaria o por mi cuenta?
  7. ¿Cómo cobramos en Vivienda en Córdoba?
  8. Preguntas frecuentes sobre lo que cobra una inmobiliaria en Córdoba
  9. ¿Cuánto cobra una inmobiliaria en Córdoba por vender un piso?
  10. ¿La comisión de la inmobiliaria lleva IVA?
  11. ¿Quién paga la inmobiliaria en una compraventa?
  12. ¿Quién paga la inmobiliaria en un alquiler?
  13. ¿Cuándo se paga la comisión de la inmobiliaria?
  14. ¿Es obligatorio firmar en exclusiva con una inmobiliaria?

Respuesta rápida: En Córdoba una inmobiliaria suele cobrar entre el 3 % y el 6 % del precio de venta, más un 21 % de IVA. No hay un porcentaje fijado por ley: lo pactas en la nota de encargo. En un piso de 150.000 €, un 5 % más IVA son 9.075 €.

Es la primera pregunta de casi todos los propietarios que piensan en vender: ¿cuánto me va a costar la inmobiliaria? La respuesta corta es que depende de la agencia, porque la comisión es libre. Pero hay unos porcentajes habituales, un IVA que mucha gente olvida y varias cláusulas que conviene mirar antes de firmar.

Te lo explicamos con ejemplos de precios de Córdoba.

Revisado el 29 de octubre de 2026 con el informe de la OCU sobre agencias inmobiliarias (enero de 2026) y la Ley de Arrendamientos Urbanos. Somos una inmobiliaria de Córdoba, así que al final te contamos también cómo trabajamos nosotros.

¿Qué porcentaje cobra una inmobiliaria por vender un piso?

No hay una tarifa oficial. Los honorarios de las inmobiliarias no están regulados por ley ni tienen un tope: cada agencia fija los suyos y se pactan por escrito con el propietario.

Como referencia:

  • La OCU visitó agencias de cinco ciudades y comprobó que cobran al vendedor del 2 % al 6 % del precio de venta, con una media del 5 %.
  • En el mercado se manejan habitualmente porcentajes del 3 % al 7 %, según la agencia y el servicio.
  • Algunas agencias cobran una cantidad fija en lugar de un porcentaje, sobre todo en pisos de precio bajo.

Y a eso hay que sumar el IVA. Los servicios de las agencias llevan un IVA del 21 %, que no suele estar incluido en el porcentaje salvo que la agencia lo diga claramente.

¿Cuánto supone en euros? Ejemplos con precios de Córdoba

Precio de venta 3 % + IVA 5 % + IVA 6 % + IVA
100.000 € 3.630 € 6.050 € 7.260 €
150.000 € 5.445 € 9.075 € 10.890 €
200.000 € 7.260 € 12.100 € 14.520 €
250.000 € 9.075 € 15.125 € 18.150 €

Entre una agencia que cobra el 3 % y otra que cobra el 6 % hay, en un piso de 150.000 €, más de 5.000 € de diferencia. Por eso merece la pena preguntar y comparar antes de firmar.

Si no sabes por cuánto podrías vender, empieza por ahí: en cuánto vale mi vivienda en Córdoba te hacemos una valoración gratuita.

¿Quién paga la comisión de la inmobiliaria?

En la venta, no hay una norma estatal que diga quién paga. Lo normal es que la pague quien contrata a la agencia, que suele ser el vendedor. Aun así, la OCU encontró ciudades andaluzas, como Sevilla, donde algunas agencias cobran a las dos partes: al vendedor y también al comprador.

En el alquiler, sí hay norma: desde la Ley de Vivienda de 2023, la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato los paga el casero, no el inquilino.

Si compras, pregunta antes de visitar un piso si la agencia te va a cobrar algo a ti. Según la OCU, cuando se cobra al comprador suele estar entre el 2 % y el 4 % del precio.

¿Qué debo revisar en la nota de encargo antes de firmar?

La nota de encargo es el contrato que firmas con la inmobiliaria. Antes de firmarla, comprueba estos puntos:

  1. El porcentaje o la cantidad exacta, y si incluye o no el IVA.
  2. Cuándo se paga. La OCU recomienda pactar que los honorarios no se cobren hasta la firma de la escritura ante notario, no en las arras.
  3. Si es en exclusiva. Con exclusiva no puedes vender por tu cuenta ni con otra agencia durante el plazo pactado, normalmente de 3 a 6 meses. La OCU desaconseja estos contratos.
  4. La duración y la renovación. Cuidado con las renovaciones automáticas: apunta la fecha para avisar si no quieres seguir.
  5. Qué incluye el servicio: fotos, publicación en portales, visitas, filtrado de compradores, negociación, documentación y acompañamiento a la notaría.
  6. Qué pasa si vendes tú. Algunas notas de encargo cobran la comisión aunque encuentres tú al comprador.
  7. Si te cobran algo aunque no se venda: gastos de publicidad, de fotos o de cancelación anticipada.

Llaves colgadas en la puerta de una vivienda en venta

¿La comisión de la inmobiliaria desgrava en la renta?

Sí, si la pagas tú como vendedor. Al calcular la ganancia patrimonial de la venta en la declaración de la renta, los gastos inherentes a la venta que paga el vendedor, como la comisión de la inmobiliaria, se restan del precio de venta. Así pagas menos IRPF por la ganancia. Guarda la factura con el IVA desglosado.

Además de la agencia, al vender pagarás la plusvalía municipal y, si ganas dinero, el IRPF. Te lo explicamos en nuestras preguntas frecuentes sobre vivienda en Córdoba.

¿Me compensa vender con inmobiliaria o por mi cuenta?

Depende de tu tiempo y de tu experiencia. Según una encuesta de la OCU, el 63 % de los vendedores usó una agencia.

Vender por tu cuenta te ahorra la comisión, pero tendrás que hacer fotos, publicar en portales, atender llamadas, enseñar el piso, filtrar a los curiosos, negociar y preparar los papeles: nota simple, certificado energético, recibos del IBI y de la comunidad, y contrato de arras.

Con una agencia pagas por ese trabajo y por su conocimiento del mercado. La clave es que el precio esté claro desde el principio y que el servicio lo justifique. Te damos más ideas en cómo vender tu piso rápido en Córdoba y en cuál es la mejor inmobiliaria en Córdoba.

¿Cómo cobramos en Vivienda en Córdoba?

Trabajamos con un modelo transparente, sin comisiones abusivas:

  • Solo cobramos si vendemos. Si tu piso no se vende, no nos pagas.
  • Te explicamos lo que cuesta desde el principio, adaptado al servicio que necesites.
  • La valoración es gratis y sin compromiso.

Si quieres saber cuánto te costaría vender tu piso con nosotros, mira cómo trabajamos en vender piso en Córdoba o escríbenos por WhatsApp al 600 140 727.

Preguntas frecuentes sobre lo que cobra una inmobiliaria en Córdoba

¿Cuánto cobra una inmobiliaria en Córdoba por vender un piso?

Normalmente entre el 3 % y el 6 % del precio de venta, más un 21 % de IVA. La OCU sitúa la media en el 5 %. No hay un porcentaje fijado por ley.

¿La comisión de la inmobiliaria lleva IVA?

Sí. Los servicios de las agencias inmobiliarias llevan un IVA del 21 %, que se suma al porcentaje salvo que la agencia diga claramente que está incluido.

¿Quién paga la inmobiliaria en una compraventa?

Normalmente el vendedor, que es quien contrata a la agencia. No hay una norma estatal que lo fije, y algunas agencias cobran también al comprador, así que conviene preguntarlo antes.

¿Quién paga la inmobiliaria en un alquiler?

El casero. Desde la Ley de Vivienda de 2023, la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato corren a cargo del arrendador.

¿Cuándo se paga la comisión de la inmobiliaria?

Lo que pactes en la nota de encargo. La OCU recomienda que se pague en la firma de la escritura ante notario, y no antes.

¿Es obligatorio firmar en exclusiva con una inmobiliaria?

No. La exclusiva es una opción que proponen muchas agencias, normalmente por 3 a 6 meses. Si la firmas, no podrás vender por tu cuenta ni con otra agencia durante ese plazo.


Fuentes: informe de la OCU sobre agencias inmobiliarias (28 de enero de 2026), Consumer: cuánto cobran las inmobiliarias por vender un piso, Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, artículo 20.1, y Ley 35/2006 del IRPF, artículo 35. Consultado el 29 de octubre de 2026.

Etiquetas:#Consejos#Proceso Inmobiliario#venta de pisos en cordoba#Vivienda en Córdoba

Escrito por Vivienda en Córdoba

Equipo de Vivienda en Córdoba. Escribimos guías prácticas sobre comprar, vender y alquilar vivienda en Córdoba, con datos de fuentes oficiales y experiencia real en el mercado local.