Blog

¿Quién paga la notaría en una compraventa? Gastos, copias de escritura y precios en Córdoba

Por Vivienda en CórdobaActualizado el 8 min de lectura

¿Quién paga la notaría en una compraventa? Guía 2025 Córdoba
Índice de contenidos 16 apartados
  1. ¿Quién paga la notaría en una compraventa según la ley?
  2. ¿Qué es lo habitual en la práctica?
  3. ¿Qué gastos de la compraventa paga cada parte?
  4. ¿Cuánto cuesta la notaría al comprar un piso en Córdoba?
  5. ¿Quién paga la notaría de la hipoteca?
  6. ¿Cuánto cuesta una copia de la escritura y dónde se pide?
  7. ¿Qué documentos hay que llevar al notario?
  8. Preguntas frecuentes sobre los gastos de notaría
  9. ¿Quién paga la notaría en una compraventa según la ley?
  10. ¿Se puede pactar otra cosa?
  11. ¿Cuánto cuesta la notaría al comprar un piso en Córdoba?
  12. ¿Quién paga la notaría de la hipoteca?
  13. ¿Cuánto cuesta una copia de la escritura?
  14. ¿Dónde pido una copia de mi escritura?
  15. ¿Quién paga la plusvalía municipal?
  16. ¿Quién paga el Registro de la Propiedad y el ITP?

Respuesta rápida: Según el artículo 1455 del Código Civil, salvo pacto, el vendedor paga la escritura matriz y el comprador la primera copia y los gastos posteriores. En la práctica suele pactarse que el comprador pague la notaría. Además, el comprador paga el ITP y el Registro, y el vendedor la plusvalía.

Al comprar o vender un piso, una de las dudas más habituales es quién paga la notaría en una compraventa. La ley da una respuesta, pero en la práctica casi siempre se pacta otra cosa. Te explicamos qué dice el Código Civil, qué es lo habitual, cuánto cuesta la escritura en Córdoba y cómo pedir una copia si la has perdido.

¿Quién paga la notaría en una compraventa según la ley?

El artículo 1455 del Código Civil dice literalmente: «Los gastos de otorgamiento de escrituras serán de cuenta del vendedor, y los de la primera copia y los demás posteriores a la venta serán de cuenta del comprador, salvo pacto en contrario».

Es decir, si no se pacta nada:

  • El vendedor paga la escritura matriz, es decir, el documento original que firma el notario y que se queda en su protocolo.
  • El comprador paga la primera copia (la que se lleva al Registro y se queda él) y todos los gastos posteriores.

¿Qué es lo habitual en la práctica?

Lo más frecuente es pactar que el comprador pague toda la notaría, sobre todo porque es él quien elige la notaría y quien necesita la escritura. Sin embargo, todo es negociable:

  • Puede pactarse el reparto del Código Civil.
  • Puede acordarse pagar a medias.
  • O que el vendedor asuma una parte para facilitar la venta.

Consejo: déjalo por escrito en el contrato de arras. Así evitarás discusiones el día de la firma. Si vas a vender, te ayudamos a vender tu piso en Córdoba y a cerrar estos detalles desde el principio.

¿Qué gastos de la compraventa paga cada parte?

Gasto ¿Quién lo paga si no se pacta otra cosa? Observaciones
Escritura matriz de compraventa Vendedor Art. 1455 del Código Civil; lo habitual es pactar que la pague el comprador
Primera copia de la escritura Comprador Es la que se inscribe en el Registro
ITP (vivienda usada) o IVA y AJD (obra nueva) Comprador En Andalucía, ITP general del 7 % (3,5 % para menores de 35 con requisitos)
Registro de la Propiedad Comprador Inscripción a su nombre
Plusvalía municipal Vendedor Puede no existir si no hay ganancia
Cancelación de la hipoteca del vendedor Vendedor Notaría y registro de la cancelación
IBI del año Según pacto Suele repartirse por días
Notaría, registro y gestoría de la hipoteca Banco Desde la Ley 5/2019
Tasación de la hipoteca Comprador La elige y la paga el cliente

Tienes el desglose completo con importes en cuánto cuesta comprar un piso en Córdoba.

¿Cuánto cuesta la notaría al comprar un piso en Córdoba?

Los honorarios notariales no son libres: están fijados por el arancel de los notarios, que es igual en toda España. El importe depende sobre todo de:

  • El precio de la compraventa, con una escala decreciente.
  • El número de folios de la escritura.
  • Las copias que se pidan.

Como referencia, la escritura de compraventa de una vivienda suele costar entre 600 y 1.200 euros. Por eso, lo más sensato es pedir presupuesto a la notaría antes de la firma.

¿Quién paga la notaría de la hipoteca?

Desde la Ley 5/2019 de crédito inmobiliario, el reparto está claro:

  • El banco paga la notaría de la escritura de hipoteca, la inscripción en el Registro y la gestoría.
  • El cliente paga la tasación y las copias de la escritura que pida para él.

Si vas a pedir hipoteca, te lo explicamos en cómo pedir hipoteca para tu primera vivienda en Córdoba.

¿Cuánto cuesta una copia de la escritura y dónde se pide?

Si has perdido la escritura o necesitas otra, puedes pedir una copia a la notaría.

Tipos de copia:

  • Copia autorizada: tiene plena validez legal. Es la que se presenta en el Registro, en el banco o en un juicio.
  • Copia simple: es informativa. Sirve para consultar el contenido, pero no tiene valor oficial.

Precio según el arancel notarial (más IVA):

Copia Precio por folio Ejemplo orientativo para 30 folios
Copia autorizada 3,01 € hasta el folio 11 y la mitad a partir del 12 Algo más de 70 € con IVA
Copia simple 0,60 € Unos 20 € con IVA

Dónde pedirla:

  1. En la notaría donde se firmó la escritura.
  2. Si el notario se ha jubilado o trasladado, el protocolo lo custodia la notaría que le sucedió.
  3. Si la escritura tiene más de 25 años, está en el archivo notarial del distrito, y con más de 100 años, en el archivo histórico de protocolos.

Te pedirán el DNI, la fecha de la escritura y el nombre del notario. Solo pueden pedir copia quienes firmaron la escritura, sus herederos o quien acredite un interés legítimo.

¿Qué documentos hay que llevar al notario?

El comprador y el vendedor deben llevar su DNI o NIE. Además, el vendedor suele aportar la escritura anterior, el último recibo del IBI, el certificado energético y el certificado de estar al corriente con la comunidad. Te lo detallamos en qué documentación llevar al notario en una compraventa.

Preguntas frecuentes sobre los gastos de notaría

¿Quién paga la notaría en una compraventa según la ley?

Según el artículo 1455 del Código Civil, salvo pacto en contrario, el vendedor paga el otorgamiento de la escritura (la matriz) y el comprador paga la primera copia y los gastos posteriores a la venta. En la práctica, muchas compraventas pactan que el comprador pague toda la notaría.

¿Se puede pactar otra cosa?

Sí. El reparto del Código Civil solo se aplica si no hay pacto. Comprador y vendedor pueden acordar otra distribución en el contrato de arras o en la escritura, por eso conviene dejarlo por escrito desde el principio.

¿Cuánto cuesta la notaría al comprar un piso en Córdoba?

Los honorarios de los notarios están fijados por un arancel oficial igual en toda España, que depende sobre todo del precio y del número de folios. Como referencia, la escritura de compraventa de una vivienda suele costar entre 600 y 1.200 euros. Pide presupuesto a la notaría antes de firmar.

¿Quién paga la notaría de la hipoteca?

Desde la Ley 5/2019 de crédito inmobiliario, el banco paga la notaría de la escritura de hipoteca, además del registro y la gestoría. El cliente paga la tasación y las copias que pida para él.

¿Cuánto cuesta una copia de la escritura?

Según el arancel notarial, la copia autorizada cuesta unos 3 euros por folio (la mitad a partir del duodécimo) y la copia simple unos 0,60 euros por folio, más IVA. Una escritura de 30 folios supone, aproximadamente, unos 20 euros la copia simple y algo más de 70 la autorizada.

¿Dónde pido una copia de mi escritura?

En la notaría donde se firmó. Si el notario ya no está, el protocolo lo custodia su sucesor. Si la escritura tiene más de 25 años, está en el archivo notarial del distrito. Te pedirán tu DNI, la fecha y el nombre del notario.

¿Quién paga la plusvalía municipal?

En una compraventa la paga el vendedor, porque es quien transmite el inmueble. Además, si no ha habido ganancia entre la compra y la venta, puede no haber impuesto.

¿Quién paga el Registro de la Propiedad y el ITP?

El comprador. El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (en Andalucía, un 7 % general en vivienda usada) y la inscripción en el Registro corresponden a quien compra.


¿Vas a comprar o vender en Córdoba? Te acompañamos hasta la notaría. Pide tu valoración gratuita o infórmate de cómo comprar vivienda en Córdoba.

Información general basada en el artículo 1455 del Código Civil, el arancel notarial (Real Decreto 1426/1989) y la Ley 5/2019. No sustituye al asesoramiento de un profesional sobre tu caso concreto.

Etiquetas:#Gastos de Notaria en una Compra Venta#inversiones inmobilarias#Noticias Inmobiliaras

Escrito por Vivienda en Córdoba

Equipo de Vivienda en Córdoba. Escribimos guías prácticas sobre comprar, vender y alquilar vivienda en Córdoba, con datos de fuentes oficiales y experiencia real en el mercado local.